Programa de ayudas PREE 5000 en Aragón.

Estas ayudas buscan subvencionar actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes a sus destinatarios últimos, que favorezcan la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables. Las actuaciones se llevarán a cabo exclusivamente en edificios situados en municipios en reto demográfico, es decir aquellos de hasta 5.000 habitantes.

Destinatarios

· Propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.

· Las comunidades de propietarios (o sus agrupaciones) de edificios residenciales de uso vivienda.

· Las empresas arrendatarias de edificios.

· Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.

· Las entidades locales.

· Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.

Normativa

Ayudas

Se establecen los siguientes límites para las actuaciones subvencionables:

 

· Coste elegible mínimo: 6.000 euros.

· Cuantía de ayuda máxima por destinatario y convocatoria: 500.000 euros, excepto para entidades jurídicas de naturaleza pública; para entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y para el sector público institucional definido según las bases reguladoras, para quienes el límite se amplía a 1.000.000 de euros.

 

La cuantía prevista para esta convocatoria para destinatarios finales se distribuye con cargo a las siguientes anualidades entre las siguientes aplicaciones presupuestarias:

Requisitos

· Residencia fiscal en España.

· La actuación objeto de la ayuda debe llevase a cabo en edificios existentes ubicados en la Comunidad Autónoma de Aragón.

· Edificios completos existentes y construidos con anterioridad a 2007.

Actuaciones subvencionables

· Actuación 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

· Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.

· Actuación 3: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

 

Las actuaciones se llevarán a cabo exclusivamente en edificios completos existentes en la Comunidad Autónoma de Aragón (opción A del Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto), construidos con anterioridad a 2007, tal y como se establece en las bases reguladoras.

 

Los usos de los edificios sobre los que se pueden realizar las actuaciones serán:

a) Edificios de vivienda unifamiliar.

b) Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda.

c) Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.) de los regulados por el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).

Los arquitectos técnicos nos ponemos a su entera disposición a través de la Oficina de Rehabilitación, tanto en las sedes de nuestros colegios como en la sede virtual.

Costes subvencionables

Serán costes subvencionables los que, para cada actuación, se establecen en el anexo IV de las bases reguladoras:

 

Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, por el que se regulan las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como su concesión directa a las comunidades autónomas.

Documentación a presentar con la solicitud

· Presupuesto.

· Certificado de Eficiencia Energética necesario antes y después de la actuación.

· Informe justificativo.

· Acuerdo de la Junta Directiva o Comunidad de propietarios.

· Escrituras de la empresa o contrato de arrendamiento.

· Certificado del Pleno (entidades locales).

· Declaración Responsable Propietario.

· Relación de propietarios del edificio.

· Acuerdo de la Junta de Propietarios.

· Proyecto o memoria técnica.

· Declaraciones responsables.

· Otorgamiento de Representación.

Confía en los arquitectos técnicos

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
– Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.

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