Ayuda para la Rehabilitación de edificios y viviendas unifamiliares Programa 3

¿A quién se dirigen estas ayudas?

Propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares o edificios, comunidades de propietarios o sus agrupaciones, sociedades cooperativas, empresas arrendatarias de edificios.

¿Por qué es interesante solicitar esta ayuda?

  • Reducción del consumo y del gasto energético con un ahorro de más de un 30%.
  • Mejora la eficiencia energética y el confort de tu edificio o vivienda.

¿Qué cubre esta ayuda?

Costes subvencionables

  • Coste de las obras.
  • Honorarios profesionales, redacción de proyectos, informes y certificados.
  • Gastos de tramitación administrativa y similares.

* No son subvencionables licencias, tasas ni tributos.

* Es subvencionable el IVA cuando no sea reembolsable.

Los arquitectos técnicos nos ponemos a su entera disposición a través de la Oficina de Rehabilitación, tanto en las sedes de nuestros colegios como en la sede virtual.

Tabla de ayudas a las que puedes optar

* Consulta con tu Arquitecto Técnico el % de ahorro energético que puedes obtener.

* Con vulnerabilidad económica hasta el 100%.

* Con retirada de amianto: 1.000 € adicionales/ vivienda, hasta 12.000 € por edificio. 

Requisitos necesarios para la solicitud

· Proyecto o memoria redactada por técnico competente con estudio de gestión de residuos.

· Libro del Edificio Existente (LEEx).

· 50 % superficie construida sobre rasante uso residencial vivienda, excluida planta baja. 

· Acuerdo de la comunidad de propietarios, mayoría simple.

· Justificar un 35% de reducción de demanda de energía.

· Justificar consumo de energía primaria no renovable mayor al 30%.

Solicita tu subvención desde el día 13 de septiembre de 2022 hasta el día 31 de octubre de 2023.

Plazo de ejecución de obras

· No podrá exceder de 26 meses desde la fecha de concesión de la ayuda.

· Ampliable hasta 28 meses cuando se trate de edificios o actuaciones que afecten a 40 o más viviendas. 

Documentación necesaria

· Datos del solicitante.

· Datos de la vivienda, viviendas, edificio o edificios a rehabilitar.

· Número de viviendas y, en su caso, locales del edificio a rehabilitar.

· Libro del Edificio Existente (LEEx).

· Proyecto de la actuación.

· Certificado de eficiencia energética del edificio existente en su estado actual registrado.

· Certificado de eficiencia energética obtenido considerando realizadas las actuaciones previstas.

· Acuerdo de la comunidad por el que se aprueba la ejecución de las obras.

· Solicitud de licencia urbanística.

· Contrato u oferta firmada y presupuesto desglosado, licencia urbanística y reportaje fotográfico.

Confía en los arquitectos técnicos de Aragón

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
– Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.

En Huesca

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En Zaragoza

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