Ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio
Programa 1
¿A quién se dirigen estas ayudas?
Están indicadas especialmente para Responsables de la ejecución integral del ámbito del ERRP, agente o gestor de la rehabilitación, comunidades de propietarios o sus agrupaciones.
¿Por qué es interesante solicitar esta ayuda?
- Mejora o rehabilitación de edificios de uso predominantemente residencial que consigan una reducción de al menos el 30% del consumo de energía primaria no renovable y un 35 % la demanda.
- Edificios con protección que no permitan actuar en la envolvente.
- Urbanización y mejora del entorno físico de forma complementaria a las actuaciones anteriores.
¿Qué cubre esta ayuda?
Costes subvencionables
Gastos necesarios para el desarrollo conjunto de las actuaciones anteriores: gastos de gestión, gastos asociados, honorarios de profesionales, redacción de proyectos y dirección de obra, certificados e informes técnicos, derivados de la tramitación administrativa, actuaciones de
realojo temporal de ocupantes y otras similares.
No son subvencionables licencias, tasas ni tributos.
* Es subvencionable el IVA cuando no sea reembolsable.
Los arquitectos técnicos nos ponemos a su entera disposición a través de la Oficina de Rehabilitación, tanto en las sedes de nuestros colegios como en la sede virtual.
Tabla de ayudas a las que puedes optar
* Consulta con tu Arquitecto Técnico el % de ahorro energético que puedes obtener.
* Con vulnerabilidad económica hasta el 100%.
* Con retirada de amianto: 1.000 € adicionales/ vivienda.
Requisitos necesarios para la solicitud
Requisitos de los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP)
· Barrio o zona delimitada territorialmente por acuerdo de la administración autonómica o local correspondiente.
· 50 % superficie construida sobre rasante uso residencial vivienda.
Requisitos de los edificios
· Proyecto o memoria redactada por técnico competente con estudio de gestión de residuos.
· Libro del Edificio Existente (LEEx).
· Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán a la circularidad.
· Retirada de amianto.
· 50 % superficie construida sobre rasante uso residencial vivienda.
· Acuerdo de la comunidad o agrupación de comunidades de propietarios.
Documentación necesaria
· Datos del solicitante.
· Datos del edificio o edificios a rehabilitar.
· Número de viviendas y en su caso locales del edificio a rehabilitar.
· Proyecto de la actuación y LEEx.
· Certificado de eficiencia energética del edificio existente en su estado actual registrado.
· Certificado de eficiencia energética obtenido considerando realizadas las actuaciones previstas.
· Acuerdo de la comunidad por el que se aprueba la ejecución de las obras.
· Solicitud de licencia urbanística.
· Contrato u oferta firmada y presupuesto desglosado, licencia urbanística y reportaje fotográfico.
Confía en los arquitectos técnicos de Aragón
900 599 176
atencion@oficinarehabilitacion.com
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
– Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.